|
123 Flash Menu Placeholder.
|
|
Estatutos
|
|
| ARTICULO V |
La Asociación será representada y dirigida por un comité directivo cuyos asociados serán especialistas reconocidos en su actividad académica de cualquiera de las dos agrupaciones urológicas ya sea la Sociedad Mexicana de Urología A. C. o el “Colegio Mexicano de Urología A. C.”. Habrá selección alterna cada bienio para representar equitativamente al “Consejo Nacional Mexicano de Urología A. C.” y se elegirán a los candidatos en asamblea general convocada de acuerdo con las disposiciones del reglamento respectivo.
El Consejo Directivo estará formado por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario ,un Tesorero, tres vocales y los Delegados Nacionales elegidos por la Asamblea de la Asociación. Todos los nombramientos serán honorarios y durarán en su cargo DOS AÑOS. Podrán ser reelegidos por una sola vez , excepto el Presidente que no tendrá posibilidad de reelección.
-
Pro-secretario y Pro-tesorero podrán asistir a las juntas si son convocados por el presidente con voz sin voto.
-
El Vicepresidente tomará automáticamente la presidencia al término de su gestión. El vicepresidente electo designará un Pro-Secretario y Pro-tesorero que serán ratificados por la asamblea y se ocuparán de la secretaría y tesorería de la gestión.
-
Son facultades del Consejo Directivo:
Dirigir y administrar los negocios sociales con el uso de la firma social, ejecutar todos los actos y celebrar todas las operaciones, convenios y contratos que se relacionen con los objetos sociales.
-
Representar a la Asociación, con el poder mas amplio ante toda persona o autoridad, administrativa o judicial, civil, penal o del trabajo, local o federal, con facultades generales y las que requieran cláusula especial de pleitos y cobranzas y actos de administración, en los términos de los dos primeros párrafos del Articulo dos mil quinientos cincuenta y cuatro y del dos mil quinientos ochenta y siete del Código Civil para el Distrito Federal. En consecuencia podrán hacer y recibir pagos, hacer sesión de bienes recusar, articular y absolver posiciones, comprometer en árbitros, arbitradores o amigables componedores , transigir, celebra convenios federales, desistirse, aun del juicio de amparo, presentar denuncias y querellas, coadyuvar con el Ministerio Publico, otorgar su perdón al acusado, conseguir resoluciones judiciales, subastar y aceptar adjudicación de bienes.
-
Ejecutar toda clase de actos de dominio en los términos del 3er. Párrafo del articulo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal.
-
Otorgar, suscribir, aceptar, endosado avalar toda clase de títulos de crédito en los términos mas amplios que el articulo 9º de la Ley Federal de Títulos y Operación de Crédito.
-
Otorgar y revocar toda clase de poderes. Cuando actúe el Consejo, podrá delegar sus facultades en el presidente o en la persona que designe.
-
PERFILES Y FACULTADES DEL CONSEJO DIRECTIVO:
PERFIL DEL PRESIDENTE:
Ser medico urólogo Certificado
-
Tener cuando menos 10 años de ser certificado
-
Tener reconocida honestidad científica y moral
-
Contar con recertificación vigente
-
Haber participado como miembro del comité directivo del “Consejo Nacional Mexicano de Urología A. C.”
-
Haber sido postulado como vicepresidente por la asamblea del Colegio Mexicano de Urología A. C. o de la Sociedad Mexicana de Urología A. C. y deben enviar por escrito dichas postulaciones.
-
Haber participado como sinodal en los exámenes de Certificación.
-
Cualquier objeción a esta postulación enviar por escrito al Comité Directivo actual.
-
En caso de renuncia o fallecimiento del presidente, el Comité Técnico ratificará la toma de posesión del vicepresidente por el periodo correspondiente a esa gestión y continuará luego con su bienio.
SON FACULTADES DEL PRESIDENTE:
Presidir todas las reuniones de trabajo del “Consejo Nacional Mexicano de Urología A. C.”
-
Representar al “Consejo Nacional Mexicano de Urología A. C.” en foros nacionales o internaciones con voto de calidad.
-
Presidir al comité directivo y al Consejo Consultivo nombrado en el bienio correspondiente.
-
Coordinar, vigilar y autorizar los exámenes de certificación y recertificación.
-
Asistir, participar en las reuniones y mesas de trabajo programadas por la Comisión Nacional Normativa de Consejos de Especialidades Medicas.
-
Avalar con su firma los diplomas de certificación y recertificación.
-
Firmar de manera mancomunada con el Tesorero los cheques emitidos por el “Consejo Nacional Mexicano de Urología A. C.”
-
Tener voz y voto.
PERFIL DEL VICEPRESIDENTE:
Ser médico urólogo certificado.
-
b) Tener 10 años de certificación.
-
Reconocida honestidad científica y moral
-
Contar con recertificación vigente.
-
Haber participado con anterioridad como miembro del Comité Directivo del “Consejo Nacional Mexicano de Urología A. C."
-
Haber sido postulado por el Colegio Mexicano de Urología o la Sociedad Mexicana de Urología en el bienio correspondiente.
-
En caso de renuncia o fallecimiento del vicepresidente se convocará a una asamblea extraordinaria para nombrar al nuevo vicepresidente.
SON FACULTADES DEL VICEPRESIDENTE:
Presidir las reuniones de trabajo del Consejo en ausencia del Presidente.
-
Auxiliar al Presidente en las comisiones que éste determine y coordinar en apoyo al presidente los eventos de certificación y recertificación que se realicen a través de exámenes escritos y orales.
-
Participará en la modificación de Estatutos.
-
Vigilar y apoyar en coordinación con el presidente los exámenes de certificación y recertificación.
-
Tener voz y voto.
PERFIL DEL SECRETARIO:
Ser médico urólogo certificado.
-
Tener más de cinco años de certificación.
-
Reconocida honestidad científica y moral.
-
Contar con recertificación vigente.
-
Haber participado como jurado en los exámenes de certificación.
-
Haber sido postulado por el vicepresidente que toma la presidencia de manera automática en el bienio correspondiente. Debe ser ratificado por la asamblea.
-
Debe haber sido vocal de Mesas Directivas anteriores.
-
En caso de renuncia, destitución o fallecimiento, el presidente tiene la facultad de designar al nuevo secretario y ser notificado al Comité Técnico y a la asamblea en su momento.
SON FACULTADES DEL SECRETARIO:
Se responsabilizará de enviar comunicaciones con fecha y hora de las reuniones de trabajo y asambleas ordinarias y extraordinarias de los miembros del comité directivo, consultivo, o la membresía.
-
Firmará junto con el presidente cada uno de los documentos oficiales del “Consejo Nacional Mexicano de Urología A. C.”
-
informará fecha, hora y domicilio de los exámenes orales y escritos.
-
Establecerá los requisitos junto con el Comité Directivo para los candidatos al examen de certificación y recertificación.
-
Elaborará las minutas correspondientes de las reuniones de trabajo del comité directivo y/o asambleas.
-
Asistir a las reuniones que convoque la CONACEM junto con el presidente.
-
Tener voz y voto.
PERFIL DEL PRO SECRETARIO:
Ser médico urólogo certificado.
-
Tener más de cinco años de certificación.
-
Reconocida honestidad científica y moral.
-
Contar con recertificación vigente.
-
Haber participado como jurado en los exámenes de certificación.
-
Haber sido postulado por el vicepresidente que toma la presidencia de manera automática en el bienio correspondiente. Debe ser ratificado por la asamblea.
-
Debe haber sido vocal de Mesas Directivas anteriores.
-
En caso de renuncia, destitución o fallecimiento, el vicepresidente tiene la facultad de designar al nuevo secretario y ser notificado al Comité Técnico y a la asamblea en su momento.
SON FACULTADES DEL PRO SECRETARIO:
Deberá estar comisionado de acuerdo al presidente en turno en apoyo a las funciones del secretario y posteriormente pasara hacer secretario en la gestión siguiente.
-
Tomará las funciones del secretario en la gestión siguiente.
-
Tener voz y voto.
PERFIL DEL TESORERO:
Ser médico urólogo certificado.
-
Tener más de cinco años de certificación.
-
Tener reconocida honestidad científica y moral.
-
Haber participado como jurado en los exámenes de certificación.
-
Haber sido postulado y ratificado por la asamblea.
-
Debe haber sido vocal de Mesas Directivas anteriores.
-
En caso de renuncia, destitución o fallecimiento, el presidente tiene la facultad de designar al nuevo tesorero y ser notificado al Comité Técnico y a la asamblea en su momento.
SON FACULTADES DEL TESORERO:
Será responsable de la vigilancia de la contabilidad , pago de impuestos y activos fijos.
-
Emisión de recibos y manejo en las cuentas bancarias.
-
Firmará los cheques emitidos en firma mancomunada con el presidente.
-
Tener voz y voto.
PERFIL DEL PRO TESORERO:
Ser médico urólogo certificado.
-
Tener más de cinco años de certificación.
-
Tener reconocida honestidad científica y moral.
-
Haber participado como jurado en los exámenes de certificación.
-
Haber sido postulado y ratificado por la asamblea.
-
En caso de renuncia, destitución o fallecimiento, el vicepresidente tiene la facultad de designar al nuevo pro-tesorero y ser notificado al Comité Técnico y a la asamblea en su momento.
FACULTADES DEL PRO TESORERO:
Funcionario que estará comisionado en apoyo al tesorero del CONAMEU.
-
Ocupará las funciones de tesorero en la gestión siguiente.
-
Tener voz.
PERFIL DE VOCALES:
Ser médico urólogo certificado.
-
Reconocida honestidad científica y moral.
-
Tener cuando menos cinco años de pertenecer al “Consejo Nacional Mexicano de Urología A. C.”
-
En caso de renuncia, destitución o fallecimiento, el presidente tiene la facultad de designar al nuevo vocal y ser notificado al Comité Técnico y a la asamblea en su momento.
FACULTADES DE LOS VOCALES:
Participar activamente en las reuniones de trabajo del “Consejo Nacional Mexicano de Urología A. C.” para tomar decisiones.
-
Responsabilizarse de las comisiones que le asignen el presidente en el desarrollo de los exámenes de certificación y recertificación.
-
Trabajar como funcionario representativo en cada uno de los exámenes de certificación y recertificación.
-
Tener voz y voto.
-
Tener participación activa en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias del “Consejo Nacional Mexicano de Urología A. C.”
PERFIL DE DELEGADOS REGIONALES:
Ser médico urólogo certificado.
-
Reconocida honestidad científica y moral.
-
Tener más de cinco años de pertenecer al “Consejo Nacional Mexicano de Urología A. C.”
-
Recertificación vigente.
-
En caso de renuncia, destitución o fallecimiento, el presidente tiene la facultad de designar al nuevo delegado regional y ser notificado al Comité Técnico y a la asamblea en su momento.
SON FACULTADES DE DELEGADOS REGIONALES:
Tener representatividad del “Consejo Nacional Mexicano de Urología A. C.” para las comisiones que le asigne el Consejo Directivo.
-
Proponer Sinodales de su región al Comité Directivo actual para los exámenes orales.
-
Deberá coordinar la elaboración del examen de certificación escrito y oral.
-
Establecer comunicación con el comité directivo para cualquier requerimiento de información en relación a la región que represente.
-
Tener voz y voto en las Asambleas.
CONSEJO CONSULTIVO
El Consejo Consultivo deberá ser presidido por el Presidente en turno, presidente saliente e integrado por tres miembros propuestos por la Sociedad Mexicana de Urología y tres miembros propuestos por el “Colegio Nacional Mexicano de Urología A. C.” . Las funciones de este Consejo Consultivo si así se lo solicita el comité directivo en turno del “Consejo Nacional Mexicano de Urología A. C.” serían:
Dirimir conflictos internos del Consejo Directivo.
-
Participación activa con la CONAMED si así lo solicita.
-
Hacer funciones de Comité de Honor y Justicia. Las funciones de este Consejo Consultivo nunca deberán rebasar las facultades del Consejo Directivo del “Consejo Nacional Mexicano de Urología A. C.”
-
Esta durará 2 años con posibilidad de 2 reelecciones.
|
|
|
|
|